miércoles, enero 17, 2007

Constitucion de la Provincia de Buenos Aires

SECCION QUINTA


PODER EJECUTIVO

CAPITULO I

DE SU NATURALEZA Y DURACIÓN


Artículo 121.- Para ser elegido Gobernador o Vicegobernador, se requiere:

1°.- Haber nacido en territorio argentino o ser hijo de ciudadano nativo, si hubiese nacido en país extranjero.

2°.-Tener treinta años de edad.

3°.-Cinco años de domicilio en la Provincia con ejercicio de ciudadanía no interrumpida, si no hubiese nacido en ella.


Ahora, tenemos que mirar en la pagina de Scioli para ver sus datos, para saber si el presidente de la Republica Argentina, se caga o no en las leyes del pais que administra.

Daniel Sciolli nació el 13 de enero de 1957 en el barrio de Villa Crespo, Capital Federal. Y es de dominio publico que hace años que vive en la Ciudad Autonoma de Buenos Aires. El presidente se caga en las leyes.

O Quizas no aguanta mas a ese idiota.







Suaznabar.


2 comentarios:

l dijo...

Es una especie de pelea para ver quién se lleva al primo bobo de vacaciones... Nadie quiere al primo bobo, que al principio es tierno, como todo bobo, aún con su mano tiesa... pero que después de dos días el primo bobo se vuelve bastante denso.

Suaznabar dijo...

Yo no tengo problema en rajar a los primos bobos... Ademas realmente creo que es un idiota... Habla como idiota... Mueve los brazos como idiota... Por Dios, es tan idiota que choco en un rio... Pero la Constitucion dice que no, que lo mande a un lado donde si pueda ser algo.